Instituciones gubernamentales tienen fecha límite para poner en uso el Código Único de Identificación (CUI)
El código deberá ser implementado en todas las dependencias del Estado, esto según el Artículo 61 de la Ley del Registro Nacional de las Personas en su Decreto No. 90-2005.
Esta implementación es obligatoria y progresivamente se realizará en las dependencias del Estado, para así ser utilizado como número único de identificación de la persona; este se implementará en todos los casos en que se tenga que llevar un control, con el objetivo de sustituir los numerales que se utilizan en los registros públicos de distintos sistemas de identificación.
Fecha límite
Todas las instituciones del Estado tienen hasta el 31 de diciembre de este año para hacer el cambio.
“Es de trascendencia y de suma importancia para los guatemaltecos, porque al momento de realizar sus trámites, deberán manejar solo un código y no como históricamente ha sido. Esto favorece tanto al Estado como al ciudadano, es decir, simplifica los procesos para los guatemaltecos y crea una certeza jurídica a nivel institucional”, explica Carlos Narez, coordinador de Relaciones Públicas de RENAP.
Los beneficios
La inclusión del CUI permite una mejor interacción a nivel institucional, al manejar las plataformas tecnológicas y compartir la información de los ciudadanos. El Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) ya trabaja con RENAP una red de conectividad que permite identificar rápidamente el fallecimiento de una persona que sea identificada como xx, ya que en el análisis y comparación de datos se ha logrado identificar por medio de huellas y reconocimiento facial a las personas. También está trabajando con el Ministerio de Gobernación, Migración, la Policía Nacional Civil y la USAC.