La exoneración aplica a las multas emitidas por la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (Emetra) a vehículos regulados por Reglamentos Municipales en la Ciudad de Guatemala, como por ejemplo taxis, buses, transporte pesado y otros.
Según el acuerdo COM 09-2018, del 9 de marzo al 8 de junio quienes tengan pendiente el pago de las sanciones podrán acceder a estos beneficios:
- El 80% si el pago se realiza durante el primer mes de vigencia del presente acuerdo – del 9 de marzo al 8 de abril
- El 70% durante el segundo mes de vigencia – del 9 de abril al 8 de mayo
- El 60% durante el tercer mes de vigencia – del 9 de mayo al 8 de junio
“Artículo 1. Exonerar las multas administrativas impuestas por EMETRA, así como de la tasa de depósito municipal de vehículos en los predios municipales a personas individuales o jurídicas…”
En cuanto a las motocicletas, solo aplica a las que se dedican a reparto a domicilio. La exoneración de la tasa de depósito municipal de vehículos en los predios municipales, se encuentra condicionada al pago del saldo restante de dicha tasa y al retiro del vehículo.
Los pagos se pueden realizar en Agencias Mini Muni y Muni Central, o en los bancos del sistema: Banrural, G&T Continental, Bantrab, BAM, CHN, BAC y BI.
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